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Aprueban reforma electoral del PAN, contempla fórmula de candidaturas y retiro a magistrados

Al procedimiento ordinario sancionador en materia electoral, se aclaró que la finalidad fue aclarar y precisar las etapas y términos que en materia adjetiva actualmente resultan ambiguas





29 de Junio de 2020 a las 15:02 hrs -- Ángel Enríquez
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En Congreso del Estado se aprobaron reformas político-electoral, que establece fórmula para medir efectivamente la competitividad electoral de los partidos para cumplir la paridad de género en las candidaturas, 3 meses de retiro a magistrados electorales, así como la elección de juntas y comisarias municipales. Se aprobó que quienes pretendan reelegirse en el cargo de Presidente Municipal y Síndico podrán optar por separarse o no de su cargo.

De la reestructuración de los órganos que integran el Instituto Estatal Electoral, con órganos centrales y desconcentrados, dividir los centrales en directivos, ejecutivos, técnicos y de control, y por último, incluir áreas no contempladas en la Ley, pero que si figuran en la organización real del organismo. Con la finalidad de garantizar realmente la paridad de género en la asignación de candidaturas, ya sea en los distritos electorales (para diputaciones de mayoría relativa), o en los municipios (tratándose de alcaldías y sindicaturas).

Para tal efecto, se contempla la conformación de tres bloques de competitividad: alta, media y baja; en los cuales deberán asignarse candidaturas de forma equilibrada entre hombres y mujeres.

Se aprobó que la elección de las Juntas Municipales se encuentren a cargo del Instituto Estatal Electoral y no de los propios Ayuntamientos, así como para las Comisarías de Policía para brindar la certeza que debe imperar en todo proceso democrático.

Respecto al procedimiento ordinario sancionador en materia electoral, se aclaró que la finalidad fue aclarar y precisar las etapas y términos que en materia adjetiva actualmente resultan ambiguas, como es el caso de lo que debe entenderse por acuerdo y por resolución, o bien, la falta de definición en algunos aspectos de las notificaciones, la etapa de instrucción y los proyectos de resolución.

Del haber de retiro para los Magistrados del Tribunal Electoral del Estado, se aprobó modificar la redacción propuesta al artículo 298, a efecto de contemplar desde ahí mismo expresamente, que el haber de retiro de las personas que tienen un cargo en la Magistratura Electoral consistirá en tres meses de su salario, al terminar su periodo.